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Guía de fabricación por contrato

Requisitos de etiquetado de los complementos alimenticios en la UE: toda la información obligatoria de la etiqueta

Revisado por el Dr. Daniel Wallerstorfer, biólogo molecular y fundador de Novogenia · Actualizado: 11 de octubre de 2026 · Tiempo de lectura: 12 min

En resumen

La etiqueta de un complemento alimenticio lleva dos grupos de información obligatoria: las menciones generales para todos los alimentos envasados según el artículo 9 del Reglamento (UE) n.º 1169/2011 y las menciones específicas según los artículos 6 y 8 de la Directiva 2002/46/CE, como la denominación «complemento alimenticio», la dosis diaria recomendada, las advertencias y las cantidades de nutrientes por dosis diaria. No se exige una tabla de información nutricional. Están prohibidas las afirmaciones sobre la prevención, el tratamiento o la curación de una enfermedad.

Qué normas se aplican a la etiqueta

Los requisitos de etiquetado de los complementos alimenticios en la UE proceden de varias normas que actúan conjuntamente:

El operador de empresa alimentaria con cuyo nombre o razón social se comercializa el alimento es responsable de toda esta información (artículo 8, apartado 1, del Reglamento de información alimentaria). En la fabricación por contrato con tu marca, ese eres tú.

Las menciones obligatorias generales del artículo 9

El artículo 9, apartado 1, del Reglamento de información alimentaria enumera las menciones que, por regla general, deben figurar en todo alimento envasado. Para los complementos alimenticios, esto significa:

Mención obligatoria (artículo 9, apartado 1)Qué significa para tu complemento alimenticio
a) Denominación del alimento«Complemento alimenticio», tal como establece el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 2002/46/CE. El nombre de tu marca se añade, pero no sustituye a esta denominación.
b) Lista de ingredientesTodos los ingredientes presentes en el producto terminado.
c) AlérgenosLas sustancias enumeradas en el anexo II, destacadas en la lista de ingredientes, por ejemplo mediante el tipo o el estilo de letra (artículo 21).
d) Cantidad de determinados ingredientesObligatoria cuando un ingrediente aparece en la denominación o se destaca en la etiqueta mediante palabras, imágenes o representación gráfica (artículo 22).
e) Cantidad netaEl contenido del envase.
f) Fecha de duración mínimaPrecedida de «Consumir preferentemente antes del…» (anexo X).
g) Conservación y condiciones de utilizaciónInstrucciones especiales cuando sean necesarias, como conservar en lugar seco.
h) Nombre y direcciónDe la empresa mencionada en el artículo 8, apartado 1, es decir, tu marca.
i) País de origenSolo obligatorio cuando lo prevé el artículo 26, por ejemplo cuando, de lo contrario, podría inducirse a error al consumidor sobre el verdadero origen.
j) Modo de empleoCuando, en su ausencia, fuera difícil hacer un uso adecuado del producto.
l) Información nutricionalNo se exige: las normas sobre información nutricional no se aplican a los complementos alimenticios (artículo 29, apartado 1, letra a). En su lugar figura la información sobre nutrientes de la Directiva 2002/46/CE.

La letra k), el grado alcohólico, solo afecta a las bebidas. No forma parte del artículo 9, pero es igualmente obligatorio el número de lote: un alimento solo puede comercializarse si lleva una indicación que permita identificar el lote al que pertenece (Directiva 2011/91/UE).

Las menciones adicionales para complementos alimenticios

Además de las normas generales, el artículo 6, apartado 3, de la Directiva 2002/46/CE — en Alemania, el § 4, apartado 2, de la NemV; en Austria, la NEMV — exige estas menciones en los complementos alimenticios:

Declarar correctamente las cantidades de nutrientes y los valores de referencia

El núcleo de la etiqueta es la tabla de nutrientes. El artículo 8 de la Directiva 2002/46/CE establece tres reglas para ella:

  1. En cifras: la cantidad de nutrientes o sustancias con efecto nutricional o fisiológico se declara en forma numérica. Para las vitaminas y los minerales se aplican las unidades del anexo I de la directiva.
  2. Por dosis diaria: las cantidades se refieren a la dosis recomendada para consumo diario que figura en la etiqueta.
  3. Como porcentaje del valor de referencia: la información sobre vitaminas y minerales se expresa también como porcentaje de los valores de referencia. La directiva remite a la antigua Directiva 90/496/CEE; esa remisión se entiende hoy hecha al Reglamento de información alimentaria (artículo 53, apartado 2). Por tanto, se aplican los valores de referencia de nutrientes (VRN) de la parte A del anexo XIII; según el § 4, apartado 3, de la NemV, siempre que se haya fijado un valor de referencia para la sustancia.

Los valores declarados son valores medios basados en el análisis del producto efectuado por el fabricante (artículo 9, apartado 1, de la directiva). El porcentaje también puede indicarse en forma gráfica (artículo 9, apartado 2). Así es la estructura:

Por dosis diaria (un sobre stick)Cantidad% VRN*
Vitamina D… µg… %
Magnesio… mg… %
Coenzima Q10… mg– (sin valor de referencia fijado)

* Valores de referencia de nutrientes según el anexo XIII del Reglamento de información alimentaria. Cómo fija Novogenia las dosis mínimas y máximas se explica en Límites de dosificación de micronutrientes.

Lo que no debe figurar en la etiqueta

Estas prohibiciones también se aplican a tu sitio web, a las redes sociales y a tu tienda online.

Idioma, tamaño de letra y tienda online

En la práctica: sobre stick, caja y superficies pequeñas

Con las dosis diarias en sobres stick, el espacio es reducido: en Novogenia, el sobre stick tiene una ventana y dos líneas de texto de hasta 25 caracteres cada una. Así se reparte la información:

Checklist para tu etiqueta

PuntoBase jurídicaUbicación habitual
Denominación «complemento alimenticio»Artículo 6, apartado 1, de la Directiva 2002/46/CE; § 4, apartado 1, de la NemVCaja, en el mismo campo visual que la cantidad neta
Categorías de nutrientes que caracterizan el productoArtículo 6, apartado 3, letra a), de la Directiva 2002/46/CECaja
Dosis diaria recomendadaArtículo 6, apartado 3, letra b)Caja
Advertencia de no superar la dosis diariaArtículo 6, apartado 3, letra c)Caja
Indicación sobre la dieta variadaArtículo 6, apartado 3, letra d)Caja
Mantener fuera del alcance de los niños más pequeñosArtículo 6, apartado 3, letra e)Caja
Cantidades de nutrientes por dosis diariaArtículo 8, apartados 1 y 2, de la Directiva 2002/46/CECaja
% de los valores de referencia (vitaminas, minerales)Artículo 8, apartado 3, de la Directiva 2002/46/CE; anexo XIII del Reglamento de información alimentariaCaja
Lista de ingredientes con alérgenos destacadosArtículo 9, apartado 1, letras b) y c), y artículo 21 del Reglamento de información alimentariaCaja
Cantidad netaArtículo 9, apartado 1, letra e)Caja
Fecha de duración mínimaArtículo 9, apartado 1, letra f); anexo XCaja
Nombre y dirección de tu empresaArtículo 9, apartado 1, letra h); artículo 8, apartado 1Caja
Número de loteDirectiva 2011/91/UECaja
Instrucciones de conservación y uso, cuando sean necesariasArtículo 9, apartado 1, letras g) y j)Caja
Idioma del país de ventaArtículo 15 del Reglamento de información alimentaria; en Alemania, § 2 de la LMIDVCaja y sobre stick
Tamaño mínimo de letraArtículo 13 del Reglamento de información alimentariaTodas las superficies con información obligatoria
Ninguna declaración relativa a enfermedades, solo declaraciones de propiedades saludables autorizadasArtículo 6, apartado 2, de la Directiva 2002/46/CE; artículo 7 del Reglamento de información alimentaria; Reglamento (CE) n.º 1924/2006En todas partes, incluidas la tienda online y la publicidad

Consejos prácticos

Preguntas frecuentes

¿Qué debe figurar en la etiqueta de un complemento alimenticio?
Las menciones generales según el artículo 9 del Reglamento (UE) n.º 1169/2011, entre ellas la denominación, la lista de ingredientes, los alérgenos, la cantidad neta, la fecha de duración mínima y el nombre y la dirección de la empresa responsable. La Directiva 2002/46/CE añade las categorías de nutrientes que caracterizan el producto, la dosis diaria recomendada, una advertencia de no superarla, las indicaciones sobre la dieta variada y sobre mantener el producto fuera del alcance de los niños más pequeños, y las cantidades de nutrientes por dosis diaria.
¿Necesita un complemento alimenticio una tabla de información nutricional?
No. Las normas sobre la información nutricional del Reglamento (UE) n.º 1169/2011 no se aplican a los complementos alimenticios (artículo 29, apartado 1, letra a). En su lugar, declaras las cantidades de nutrientes y otras sustancias por dosis diaria recomendada y, en el caso de las vitaminas y los minerales, también el porcentaje de los valores de referencia, cuando se haya fijado uno.
¿Cómo debe redactarse la advertencia?
La Directiva 2002/46/CE exige una advertencia de no superar la dosis diaria expresamente recomendada. Para las etiquetas en alemán en Alemania, el Reglamento alemán sobre complementos alimenticios (NemV) establece una redacción fija y admite también una advertencia de igual significado. En los demás casos rige el requisito de la directiva: una advertencia clara de no superar la dosis diaria expresamente recomendada.
¿Qué va en el sobre stick y qué en la caja?
La información obligatoria corresponde al envase que se vende a los consumidores como unidad. Si los sobres stick solo se venden dentro de la caja, corresponde a la caja. En el sobre stick aprovechas el espacio limitado — en Novogenia, dos líneas de hasta 25 caracteres cada una — para la marca y el producto. Si los sobres también se van a entregar sueltos, acláralo antes de imprimir.
¿Puede mi etiqueta decir contra qué ayuda el producto?
No en lo que respecta a enfermedades: el etiquetado, la presentación y la publicidad no deben atribuir a un complemento alimenticio la propiedad de prevenir, tratar o curar una enfermedad humana. Las declaraciones de propiedades saludables solo están permitidas si están autorizadas conforme al Reglamento (CE) n.º 1924/2006; más información en el capítulo sobre declaraciones de propiedades saludables.

Artículos relacionados: Notificar complementos alimenticios en la UE · Declaraciones de propiedades saludables: qué puedes anunciar · Límites de dosificación de micronutrientes

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